tarifas

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CIRCULAR 001

                                                                              100-04-01

                                                                   Santa Elena, 13 de enero de 2025

DOCUMENTO EQUIVALENTE ELECTRÓNICO

La labor que desarrolla la Corporación se encuentra regulada, siendo de obligatorio cumplimiento la Resolución 000165 de 2023, expedido por la DIAN, que EXIGE reportar el documento equivalente de servicios públicos también de manera electrónica:

La Corporación de Acueducto Piedras Blancas informa que, a partir del mes de marzo del año 2025, no se entregarán facturas físicas, solo se enviarán mediante el correo electrónico.

La Corporación de Acueducto Piedras Blancas, informa que sus datos serán custodiados y solo se usarán para la expedición de su documento equivalente electrónico, atendiendo a los derechos que le concede la Ley 1581 de 2012.

 

TARIFAS QUE SERAN APLICADAS PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENERO - JUNIO 2025

Señor usuario, la Corporación de Acueducto Piedras Blancas, en cumplimiento de lo expuesto en la ley 142 de 1994 ley de servicios públicos, y la resolución CRA 151 de 2001, en su artículo 5.1.1.4, artículo integrado y unificado en el artículo 1.8.6.4 de la Resolución CRA 943 de 2021 y demás normas concordantes, que regula lo referente a la información que de manera periódica debe ser enviada a los usuarios y a la publicación de tarifas.

Se permite informar a sus suscriptores del servicio público de acueducto por este medio, los valores de cobro de las tarifas del servicio de acueducto que nuestra empresa le presta, los que se conservarán estos valores siempre y cuando no se produzca una variación mínima del 3% en el IPC nacional y/o demás normas concordantes lo autoricen. Ubique en este cuadro, su estrato y uso del servicio para que identifique los valores.

Nota 1: Los valores negativos indican que se está aplicando un Subsidio y los positivos hacen referencia a un Aporte Solidario.

Nota 2: Las tarifas anteriores incluyen la aplicación de los subsidios y contribuciones definidos en el acuerdo del Honorable Concejo Municipal de Medellín (Acuerdo N° 068 de 2022) las cuales se aplican sobre las tarifas del estrato 4. El consumo complementario y Suntuario de los estratos 1, 2 y 3 no es objeto de Subsidio. La Contribución se aplica a la totalidad del consumo a los usuarios de Estratos 5 y 6, y de los Usos Comercial, Industrial y Provisional.  

Nota 3: De conformidad con lo dispuesto en la Resolución CRA 750 de 2016, el consumo básico subsidiable en el servicio de acueducto para el municipio de Medellín es de 13 m3/Suscriptor-mes.

USO RESIDENCIAL Estrato 1 Estrato 2 Estrato 3 Estrato 4 Estrato 5 Estrato 6
Subsidio/Contribución -60.0% -40.0% -12.5% 0.0% 50.0% 60.0%
Cargo Fijo ($/mes) $   11.099,43 $   16.649,15 $   24.280,01 $   27.748,58 $   41.622,87 $   44.397,73
Consumo básico ($/m3) $    1.442,88 $    2.164,31 $    3.156,29 $    3.607,19 $    5.410,78 $    5.771,50
Consumo complementario ($/m3) $    3.607,19 $    3.607,19 $    3.607,19 $    3.607,19 $    5.410,78 $    5.771,50
Consumo suntuario ($/m3) $    3.607,19 $    3.607,19 $    3.607,19 $    3.607,19 $    5.410,78 $    5.771,50
USO NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Oficial Especial Provisional
Subsidio/Contribución 50.0% 30.0% 0.0% 0.0% 50.0%
Cargo Fijo ($/mes) $   41.622,87 $   36.073,15 $   27.748,58 $   27.748,58 $   41.622,87
Consumo básico ($/m3) $    5.410,78 $    4.689,35 $    3.607,19 $    3.607,19 $    5.410,78
Consumo complementario ($/m3) $    5.410,78 $    4.689,35 $    3.607,19 $    3.607,19 $    5.410,78
Consumo suntuario ($/m3) $    5.410,78 $    4.689,35 $    3.607,19 $    3.607,19 $    5.410,78
Acueducto Piedras Blancas
Prestador del servicio público domiciliario de acueducto en zona rural del corregimiento de Santa Elena
Horario de Atención
  • Lunes - Viernes 7:30 a.m. -12:30 p.m; 1:20 p.m. - 5:00 p.m.
  • Carrera 38 Este 68 51 Vía Mazo Km 2 No. 385, Corregimiento Santa Elena, municipio de Medellín
Vigilado: